Edición Especial No.584 , 3 de Junio 2016
Normativa: Vigente
Última
Reforma: Resolución s/n (Edición Especial del Registro Oficial
584, 3-VI-2016)
ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL Y POR
PROCESOS, DEL CONSORCIO DE GOBIERNOS AUTONÓMOS PROVINCIALES DEL ECUADOR /
CONGOPE
(Resolución
s/n)
CONSORCIO DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS PROVINCIALES DEL ECUADOR - CONGOPE
LA PRESIDENCIA DE CONGOPE
Considerando:
Que, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y
Descentralización, COOTAD en su artículo 313, determina que los gobiernos
autónomos descentralizados, en cada nivel de Gobierno, tendrán una entidad
asociativa de carácter nacional, de derecho público, con personería jurídica,
autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, con la denominación
y organismos directivos que se señalen en su propio estatuto, el cual será
publicado en el Registro Oficial;
Que, la Disposición Transitoria Vigésimo Primera del
Código Orgánico de Administración
Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD dispuso que el
Consorcio de Consejos Provinciales del Ecuador (CONCOPE) deberá ajustar sus
estatutos a su normativa;
Que, la Asamblea General del Consorcio, en sesiones realizadas en la ciudad de
Quito, Distrito Metropolitano e Ibarra, respectivamente, durante los días 23 de
febrero y 20 de junio del año 2011, en cumplimiento de lo ordenado en la
Disposición Transitoria Vigésimo Primera del Código Orgánico de Administración Organización
Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, aprobó los
Estatutos de la entidad, los mismos que se encuentran publicados en el Registro
Oficial 498 del 25 de julio del 2011;
Que, el Art. 26 de los Estatutos del Consorcio de Gobiernos Autónomos
Provinciales, estatuye que “La Dirección Ejecutiva es el órgano técnico,
administrativo y de gestión permanente del Consorcio. La conforman el Director
Ejecutivo y/o Directora Ejecutiva, los funcionarios y demás servidores técnico
y administrativo de la institución”; la cual, “actuará bajo un sistema
técnico-administrativo articulado al plan estratégico institucional, a las
líneas estratégicas, planes operativos y directrices aprobadas por la Comisión
Ejecutiva y por la Presidencia”; y que, su “estructura y organización funcional
serán definidas por la Comisión Ejecutiva a propuesta del Presidente y/o
Presidenta del Consorcio”;
Que, la Disposición Final SEGUNDA de los estatutos del CONGOPE, disponen que
“La Comisión Ejecutiva aprobará la estructura orgánica-funcional y por
procesos, así como los reglamentos que fueren necesarios para la aplicación de
las normas que rigen al presente estatuto”;
Que, es necesaria una re
definición de la organización administrativa interna de la entidad
nacional asociativa de los gobiernos autónomos provinciales, observando los
requerimientos de la Asamblea General y Comisión Ejecutiva y que permita el
desarrollo de procesos integrales y efectivos como respuesta a las necesidades
y exigencias actuales y futuras de sus asociados; y,
Que, es indispensable dotar a la entidad de un orgánico funcional y por
procesos, que norme de manera clara y objetiva los procedimientos de la
administración y gestión institucional, los niveles de administración y
funciones de estructura, de autoridad, de dirección, coordinación, control,
tendientes a la modernización, para la prestación de los servicios públicos
encomendados por la ley y los Estatutos.
Que la Comisión Ejecutiva, conforme las facultadas establecidas en el Art. 20
del Estatuto, en sesión efectuada el 13 de julio de 2015, delegó al Presidente de CONGOPE varias atribuciones y funciones;
En uso de las atribuciones previstas en el literal d) del artículo 20 y
Disposición General Segunda de los Estatutos:
Resuelve:
Expedir el siguiente la ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL Y POR PROCESOS, DEL CONSORCIO DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS
PROVINCIALES DEL ECUADOR / CONGOPE.
Título I
GENERALIDADES
Art. 1.- Estructura
Orgánico-Funcional y por Procesos.-
Art. 2.- Objetivos de la presente Estructura.-
• Determinar en forma clara y precisa, la estructura orgánica y funcional, como
elemento base para el cumplimiento de responsabilidades, objetivos, fines,
facultades, competencias y metas institucionales.
• Dar una adecuada utilización de los recursos destinados a cada unidad, mediante
una planificación y programación coherentes, con la finalidad de cumplir con
las necesidades de los asociados al CONGOPE.
Art. 3.- Procesos del Consorcio de
Gobiernos Provinciales del Ecuador.-
Los procesos del CONGOPE, se ordenan y clasifican en función de su grado de
contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.
Los procesos gobernantes: Los órganosorganismos y dignatarios de Dirección
del CONGOPE señalados en el literal a) del artículo 10 de los Estatutos, con sus respectivas funciones y atribuciones ejercen
el proceso gobernante de la institución. Los organismos y dignatarios que
comprenden este proceso,
son responsables de emitir políticas, directrices y planes estratégicos para el
funcionamiento y cumplimiento de los fines, objetivos y responsabilidades del
Consorcio, consagrados en el COOTAD y en los Estatutos institucionales. Estos órganos podrán delegar sus atribuciones y funciones a la directora o director ejecutivo.
Los
procesos
gobernantes son:
Asamblea General
Comisión Ejecutiva
Presidencia
Vicepresidencia
Los procesos agregadores de valor o misionales: Los procesos agregadores
de valor del CONGOPE, son responsables de generar el portafolio de productos
y/o servicios que responden a la misión, objetivos y responsabilidades del
CONGOPE. Los procesos o unidades agregadores de valor son:
2.1
Dirección de planificación y desarrollo territorial
-
Dirección de fomento productivo
2.2.
-
Dirección de gestión ambiental,
2.3.
-
Dirección de proyectos, seguimiento y monitoreo
2.4.
-
Dirección vialidad, infraestructura, riego y drenaje
2.5.
-
Dirección de cooperación
2.6.
-
Unidad de gestión social, interculturalidad y género
2.7.
-
Los procesos habilitantes
de asesoría y de apoyo: Los procesos habilitantes, se clasifican en procesos habilitantes de
asesoría y de apoyo
son los ,
responsables de brindar productos de asesoría y apoyo, para
generar el portafolio de productos y/o servicios, institucionales demandados
por los procesos gobernantes, agregadores de valor, apoyo y por ellos mismos, y
responderán a la misión, objetivos y responsabilidades del CONGOPE.
3.1.1
Dirección de asesoría jurídica
3.1.2 Dirección de comunicación
Dirección de Talento Humano
3.2. DE APOYO:
3.2.1 Dirección Administrativa
3.2.2. Dirección Financiera
3.2.3 Dirección de Tecnologías de la
Información y Comunicación – TIC´s
Art. 4.- Puestos directivos.-
Las funciones y atribuciones del Presidente,
Vicepresidente y Director Ejecutivo son aquellas previstas en los artículos 22,
24 y 26 del estatuto institucional respectivamente.
Estas son
delegables en los términos del Código Orgánico Administrativo.
Título
II
DEL
COMITÉ DE GESTIÓN DE CALIDAD DEL SERVICIO Y DESARROLLO INSTITUCIONAL
Art. 5.- Comité de Gestión de
Calidad del servicio y Desarrollo Institucional.-
El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará integrado por:
a) ?
La autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá; quién
tendrá voz y voto
b)•
El o la responsable por cada una de los procesos o unidades administrativas,
según el tema motivo de análisis; quien tendrá voz y voto; y,
c)•
La o el responsable de la Dirección Administrativa
de
Talento Humano o quien hiciere sus veces, quien tendrá voz y voto.
Deberá reunirse al menos tres veces al año para establecer directrices,
monitorear y evaluar los procesos y procedimientos.
Título
III
DEL
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
VISIÓN.- Al 2022,
el Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador, CONGOPE, es un referente nacional e
internacional de procesos de fortalecimiento y posicionamiento de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Provinciales, en su rol de gobierno intermedio, en
pro de un Ecuador democrático, equitativo, solidario, participativo y
descentralizado.
MISIÓN.- Posicionar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Provinciales, como promotores
del desarrollo socioeconómico y el desarrollo sostenible en los territorios, en su rol de gobierno intermedio,
afianzando la autonomía, la descentralización y la promoción de redes de
cooperación; así como la articulación de actores territoriales, nacionales e
internaciones y el fortalecimiento de capacidades y destrezas, mediante la
generación de programas y proyectos innovadores, la asesoría, capacitación y
asistencia técnica.
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
a) Fortalecer a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales para que
se posicionen y asuman su rol como gobierno intermedio.
b) Fortalecer e innovar la oferta de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Provinciales en sus territorios, en el marco de sus competencias y los
procesos de descentralización su rol como gobierno intermedio.
c) Posicionar al CONGOPE a nivel nacional e internacional como referente
técnico, político y fuente de pensamiento de la gestión y estrategias para el
desarrollo socioeconómico, gobernabilidad y del
desarrollo sostenible a nivel provincial.
FINES, OBJETIVOS Y RESPONSABILIDADES:
a) Velar porque se preserve la autonomía de los gobiernos autónomos
provinciales y de sus entidades;
b) Representar los intereses comunes institucionales de los gobiernos autónomos
descentralizados provinciales;
c) Propender y posibilitar el diálogo, el intercambio y la acción concertada;
d) Representar a los gobiernos autónomos provinciales ante organizaciones
nacionales e internacionales y coordinar acciones con las asociaciones de los
demás niveles de Gobierno;
e) Cooperar con el Gobierno central en el estudio y preparación de planes y
programas en beneficio de los intereses de sus asociados y de sus territorios;
f) Promover el fortalecimiento institucional, asesorar, capacitar y prestar
asistencia técnica a los gobiernos autónomos provinciales y sus entidades,
generando las condiciones necesarias para el ejercicio de sus funciones y
competencias;
g) Promover y participar en los procesos de modernización del Estado y gestión
pública para lograr el bienestar de la comunidad;
h) Coordinar con el Consejo Nacional de Competencias los procesos de
descentralización y fortalecimiento institucional de los gobiernos autónomos
provinciales;
i) Promover ante las Funciones Legislativa y Ejecutiva del Estado, las iniciativas
y reformas legales que se consideren necesarias para el cumplimiento de las
funciones y competencias asignadas a los gobiernos provinciales y el bienestar
de su comunidad;
j) Impulsar, promover y fomentar relaciones de cooperación y de hermanamiento de
los gobiernos autónomos provinciales con organismos nacionales e
internacionales. y,
k) Las demás que consten en la ley y estos estatutos.
POLÍTICAS INSTITUCIONALES:
1. Fortalecer las capacidades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados
Provinciales para el empoderamiento y efectivo ejercicio de sus facultades y
competencias, en su rol como gobierno intermedio.
2. Impulsar la gestión del CONGOPE como fuente de pensamiento y generador de
valor agregado para
el impulso de la gestión de los GAD Provinciales.
VALORES INSTITUCIONALES:
Los valores institucionales en los que se basa y orienta el CONGOPE son:
Título
IV
ENTRA
CUADRO 1.1
Art. 6.- Gestión por Resultados.-necesidad de una redefinición de la gestión condeberá tener en todas sus acciones un
enfoque a resultados con el fin de aumentar la eficacia e impacto de las
políticas públicas
y,
mejorar la eficiencia y calidad de los servicios que brinda la institución a
sus representados.
Art. 7.- Estructura básica alineada
a la misión.-establecerá
los siguientes procesos y direcciones departamentalestendrá la siguiente estructura:
1.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO PARA
LOS GOBIERNOS PROVINCIALES Y EL CONGOPE:
Asamblea General
Comisión Ejecutiva
Presidencia
Vicepresidencia
1.2. DIRECCIÓN ESTRATÉGICA PARA LOS GOBIERNOS PROVINCIALES Y EL CONGOPE.
Dirección ejecutiva:
Director Ejecutivo
Subdirector ejecutivo
2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR:
2.1 Dirección de planificación y desarrollo
territorial
2.2. Dirección de fomento productivo
2.3. Dirección de gestión ambiental,
2.4. Dirección de proyectos, seguimiento y monitoreo
2.5. Dirección vialidad, infraestructura, riego y drenaje
2.6. Dirección de cooperación
2.7. Unidad de gestión social, interculturalidad y género
3. PROCESOS HABILITANTES:
3.1. ASESORÍA:
3.1.1 Dirección de asesoría jurídica
3.1.2 Dirección de comunicación
3.2. DE APOYO:
3.2.1 Dirección Administrativa
3.2.2. Dirección Financiera
[AAZE1]
3.2.3 Dirección de Tecnologías de la Información y Comunicación – TIC´s
Título V
DE LAS
REPRESENTACIONES GRÁFICAS
Art. 8.-
a) Orgánico Estructural
b)
Cadena de Valor
c) Mapa
de Procesos
Título
VI
DE LA
ESTRUCTURA DESCRIPTIVA
Art. 9.-
Capítulo
I
DE LOS
PROCESOS GOBERNANTES
1.
PROCESO GOBERNANTE
1.1. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO PARA LOS GOBIERNOS PROVINCIALES Y EL
CONGOPE:
• Asamblea General
• Comisión Ejecutiva
• Presidencia
• Vicepresidencia
1. ASAMBLEA GENERAL:
La asamblea general es el órgano supremo de gobierno y de decisión del
Consorcio. Tiene la facultad y autoridad sobre todas las actividades y
decisiones que correspondan a la conducción política, de dirección y control de
la organización.
Se compone de todos los miembros en ejercicio de sus derechos, representados
por el Prefecto y/o
Prefecta Provincial en funciones o la persona que legalmente le esté
reemplazando.
Los prefectos y/o
prefectas provinciales en funciones pueden delegar por escrito su participación
en la Asamblea General al Vice prefecto o Vice prefecta o cualquier Consejero o Consejera Provincial en funciones.
Son funciones y atribuciones:
a) Elegir, posesionar, suspender, destituir o sustituir al Presidente
y/o Presidenta; Vicepresidente y/o Vicepresidenta; y, vocales
principales y suplentes de la Comisión Ejecutiva;
b) Formular la política general del Consorcio y adoptar las medidas que sean
necesarias para el logro de sus objetivos;
c) Ser el espacio para la discusión política, la reflexión de los grandes temas
que afectan el presente y el futuro de los gobiernos autónomos descentralizados
provinciales;
d) Nombrar por un período de dos años de entre sus miembros, al Presidente y/o
Presidenta; y Vicepresidente y/o
Vicepresidenta del Consorcio y a los vocales principales y suplentes de la
Comisión Ejecutiva, identificando su orden;
e) Conformar las comisiones permanentes, ocasionales y/o técnicas que creyere
necesarias; y, designar a los representantes del Consorcio y de los gobiernos
autónomos descentralizados provinciales ante cualquier organismo, entidad o
institución, de carácter nacional o internacional, que conforme a las leyes y
acuerdos deba hacerlo, y conocer sus informes;
f) Conocer, discutir, aprobar o desaprobar planes, programas, proyectos de
impacto nacional y aquellos asuntos sometidos a su consideración por la
Comisión Ejecutiva, por la Presidencia o la Vicepresidencia.
g) Aprobar el presupuesto y los planes operativos, así como las programaciones
plurianuales del Consorcio;
h) Evaluar la gestión de los directivos, delegados y Representantes de la
institución;
i) Modificar o reformar las disposiciones del presente estatuto; y,
j) Ejercer las demás atribuciones que le señalen estos estatutos y que resuelva
llevar a cabo en calidad de órgano máximo de gobierno y administración.
2. COMISIÓN EJECUTIVA:
La Comisión Ejecutiva es el órgano de dirección política, administrativa e
institucional, encargada de asegurar la consecución de los objetivos
fundacionales del Consorcio.
Integración de la Comisión Ejecutiva.- La Comisión
Ejecutiva estará conformada por el Presidente y/o
Presidenta, el Vicepresidente y/o
Vicepresidenta; y primero, segundo y tercer vocal, con sus respectivos
alternos, designados por los Prefectos y/o
Prefectas Provinciales en Asamblea General del Consorcio, para un periodo de
los años calendario; pudiendo ser reelegidos. Estará presidida por el Presidente
y/o Presidenta del Consorcio, quien
tendrá voz y voto en las decisiones que adopte, en caso de empate su voto será
además dirimente.
En caso de que cualquiera de los vocales alternos de la Comisión pasare a ser
titular y/o dejare de ejercer sus funciones como Prefecto y/o
Prefecta Provincial, la Comisión Ejecutiva llenará el vacío por cooptación.
El Presidente
y
/o
Presidenta, el Vicepresidente y/o
Vicepresidenta y los Vocales de la Comisión Ejecutiva, serán elegidos, se
posesionarán y entrarán en funciones máximo hasta el décimo quinto día
posterior a la fecha de su posesión como prefectos y/o prefectas provinciales.
La primera reunión de asamblea general para la elección de los dignatarios del
consorcio en el caso de cesación de sus funciones como prefectos y/o prefectas
provinciales en los términos que señala la Constitución y la ley, será
convocada por el Director Ejecutivo y/o Directora Ejecutiva, o quien haga
sus veces.
Para
la
conformación de la Comisión Ejecutiva se procurará la participación de hombres
y mujeres en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna por razones de
género,
filiación política, entre otros.
Son funciones y atribuciones:
a) Formular y dirigir políticas operativas del Consorcio y los programas
correspondientes; vigilar su funcionamiento general y verificar que los planes
y programas se ejecuten e implementen de conformidad con las políticas
adoptadas;
b) Presentar ante la asamblea general proyectos de reforma al presente
estatuto;
c) Conocer los proyectos de leyes, reformas legales y demás instrumentos
normativos que fueren de beneficio para los miembros del Consorcio;
d) Expedir la estructura orgánico-funcional por procesos; y, aprobar los
reglamentos e instrumentos que fueren necesarios para el desarrollo de las
actividades del Consorcio;
e) Resolver los asuntos que fueren necesarios para el cumplimiento de los
objetivos institucionales, inclusive aquellos que fueren competencia de la
asamblea general, cuando se estimen de alta importancia y dicha instancia no
esté reunida;
f) Evaluar periódicamente las actividades del Consorcio;
g) Conocer, aprobar o improbar los informes anuales que sobre su gestión deban
presentar el Director Ejecutivo y/o
Directora Ejecutiva; y, los funcionarios responsables o directores de las
unidades técnico-administrativas u operativas de la institución;
h) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente estatuto, sus
reglamentos y las resoluciones que adopte la asamblea;
i) Designar de entre los miembros del Consorcio a los representantes en las
instancias o entidades nacionales, internacionales o mundiales en las cuales
deba participar la institución, cuando no lo haya efectuado la asamblea
general;
j) Establecer las prioridades para la gestión de los asuntos relacionados con
el cumplimiento de los objetivos y responsabilidades institucionales;
k) Nombrar y remover al Director Ejecutivo y/o Directora Ejecutiva; y,
l) Ejercer las demás funciones que se determinan en estos estatutos y aquellas
que le fueren asignadas por la asamblea.
3. PRESIDENCIA:
Son funciones y Atribuciones:
a) Ejercer la representación legal del Consorcio. La representación judicial la
ejercerá conjuntamente con el Director y/o Directora de Asesoría Jurídica;
b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del presente estatuto, de la
estructura orgánica funcional, reglamentos, así como de las resoluciones
emanadas de la asamblea general y de la Comisión Ejecutiva;
c) Convocar, instalar, presidir, dirigir, suspender y clausurar las sesiones
ordinarias y extraordinarias de asamblea general y de la Comisión Ejecutiva;
así como precisar los asuntos que se discuten, ordenar la votación una vez
cerrado el debate y disponer que se proclamen los resultados;
d) Supervisar la ejecución de los planes, acuerdos, resoluciones y decisiones
adoptados por la asamblea general y la Comisión Ejecutiva;
e) Proponer a la Comisión Ejecutiva la terna de candidatos para la designación
del Director Ejecutivo, su suspensión y/o remoción;
f) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo;
nombrar y remover a los funcionarios de dirección, Director
y/o Directora de Asesoría Jurídica y
demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del Consorcio.
g) Suscribir, junto con el Director Ejecutivo y/o
Directora Ejecutiva, las actas de las sesiones de la asamblea y de la Comisión
Ejecutiva;
h) Poner en consideración de la asamblea general y de la Comisión Ejecutiva los
documentos e informes que corresponda conocer a estos organismos, por sí o a
través del Director Ejecutivo y/o
Directora Ejecutiva;
i) Posesionar a las autoridades y funcionarios designados por la Asamblea
General y la Comisión Ejecutiva; y, principalizar a
los prefectos y/o prefectas alternos de los vocales
principales cuando les corresponda actuar;
j) Formular encargos, mandatos y delegaciones al Vicepresidente
y/o Vicepresidenta, vocales de la
Comisión Ejecutiva, Director Ejecutivo y/o
Directora Ejecutiva;
k) Propiciar mecanismos de corresponsabilidad y diálogo permanente con el
Ejecutivo y otros poderes del Estado; y,
l) Las demás que le señalen estos estatutos, la asamblea general y la Comisión
Ejecutiva.
4. VICEPRESIDENCIA:
Art. 10.- Del Vicepresidente y/o Vicepresidenta.- y/o Vicepresidenta es la segunda
autoridad política del Consorcio, elegido (da) por la asamblea general en
binomio con el Presidentae y/o
Presidente. En tal calidad subrogará al Presidente y/o
Presidenta en los casos expresamente señalados en estos estatutos.
Son Atribuciones y funciones:
a) Subrogar al Presidente y/o
Presidenta, en caso de ausencia temporal mayor a tres días, durante el tiempo
que dure la misma. Se entiende la ausencia temporal cuando el Presidente y/o Presidenta no ejerza sus funciones en la
Prefectura Provincial correspondiente. En caso de ausencia definitiva, él o la Vicepresidenta asumirá el cargo hasta terminar el período
por el cual fue nombrado el titular.
b) Cumplir las funciones, representaciones y responsabilidades delegadas por el
Presidente y/o Presidenta.
c) Las demás que prevean estos estatutos; los reglamentos y las demás que les
asignen la asamblea general y la Comisión Ejecutiva.
1.2. DIRECCIÓN ESTRATÉGICO PARA LOS GOBIERNOS PROVINCIALES Y EL CONGOPE:
1.2.1. DIRECCIÓN EJECUTIVA:
Art.
11.- Definición e Integración.-y/o Directora Ejecutiva, los
funcionarios y demás servidores técnico - administrativo de la institución.
Misión.- Administrar la gestión del
Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador, CONGOPE a través del
diseño y ejecución de objetivos, políticas, planes y estrategias definidas por
los organismos de dirección en orden a los requerimientos y necesidades de los
miembros del Consorcio.
Son funciones y atribuciones:
a) Ejecutar las políticas, planes, programas, proyectos y directrices adoptadas
por la asamblea general, Comisión Ejecutiva y por la Presidencia;
b) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones o decisiones de la asamblea
general, Comisión Ejecutiva y de la Presidencia;
c) Organizar la realización de foros, simposios o cualquier otro evento en los
cuales se traten temas inherentes a los fines de la entidad y de sus miembros;
d) Asesorar y asistir a los gobiernos autónomos provinciales para ejecutar una
gestión oportuna y eficaz, a través de procesos técnicos e innovadores;
e) Administrar el patrimonio de la entidad;
f) Elaborar y difundir anualmente los informes de gestión institucional para conocimiento
de los miembros de la organización;
g) Elaborar y presentar los informes cuando los organismos de dirección así lo
requieran y, de conformidad con la ley;
h) Desarrollar e implementar de manera permanente el proceso de fortalecimiento
institucional, en las áreas, sectores y competencias de responsabilidad de los
miembros del Consorcio;
i) Definir, articular y ejecutar estrategias, planes y programas encaminados a
la capacitación, formación, apoyo y profesionalización del conjunto de talento
humano de los gobiernos autónomos provinciales;
j) Establecer mecanismos de investigación y monitoreo de la gestión de
competencias y servicios para la toma oportuna de decisiones en el ámbito de la
capacitación, formación y apoyo a los gobiernos autónomos descentralizados
provinciales;
k) Coordinar, asesorar y brindar asistencia técnica especializada a los
dignatarios y a los servidores de los gobiernos autónomos provinciales; y,
l) Las demás que determinen estos estatutos, los reglamentos internos o que le
fueren asignadas por los órganos de dirección y la Presidencia.
1.2.2. DIRECTOR EJECUTIVO Y / O DIRECTORA EJECUTIVA:
Art.
12.-
Misión.- Administrar la gestión técnica
y administrativa del Consorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador
– CONGOPE a través del diseño de objetivos, políticas y estrategias que
permitan la institucionalidad del CONGOPE.
Son funciones del Director Ejecutivo y/o Directora
Ejecutiva:
a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Estatuto de CONGOPE y del
presente estatuto, reglamentos internos y decisiones que adopte la asamblea, la
Comisión Ejecutiva y el Presidente y/o Presidenta;
b) Ejercer la Secretaría de la asamblea general y de la Comisión Ejecutiva, en
cuya virtud será responsable de dar fe de las decisiones y resoluciones que
adopten estos órganos de dirección del Consorcio;
c) Planificar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades y la
administración de la Dirección Ejecutiva;
d) Aceptar, previa autorización o
delegación del Presidente y/o Presidenta,
legados y donaciones que se hicieren a favor del Consorcio;
e) Nombrar, contratar y remover al personal técnico y administrativo no
permanente de la Dirección Ejecutiva siempre que cuente con la delegación
expresa del representante legal; así como celebrar todo tipo de contratos,
convenios y actos que le fueren delegados por el Presidente
y/o Presidenta.
f) Administrar el patrimonio y velar por la correcta utilización de los fondos
de la entidad;
g) Coordinar las actividades, planes y proyectos con los dignatarios y
funcionarios de los miembros del Consorcio, así como con los organismos
nacionales o internacionales que fueren necesarios, de acuerdo con las
disposiciones y directrices de los órganos de dirección y la Presidencia;
h) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente pro
forma presupuestaria institucional. El Plan y la pro forma del presupuesto institucional
deberán someterla a la respectiva aprobación del órgano competente;
i) Ejecutar el presupuesto y los planes aprobados por la asamblea general; y,
rendir los informes sobre su ejecución, al menos cada seis meses, ante la
asamblea general o ante los dignatarios cuando cualquiera de ellos se lo
solicitaren;
j) Mantener un sistema de información y difusión de las actividades del
Consorcio;
k) Asistir a reuniones y eventos nacionales e internacionales en función de los
objetivos del Consorcio;
l) Preparar y distribuir la agenda y los documentos e informaciones de soporte
respectivos para las sesiones de los órganos de dirección del Consorcio;
m) De acuerdo a los ejes de trabajo, directrices y
políticas de las autoridades, podrá crear oficinas regionales, coordinaciones
territoriales y las coordinaciones institucionales
y de competencias e información, optimizando el talento humano institucional.
De crearse estas instancias, debe estructurarse el POA y establecer el
respectivo presupuesto, que será administrado por el responsable asignado por la o el Director
Ejecutivo.
n) Ejercer las demás funciones y atribuciones que le señalen estos estatutos,
los reglamentos internos o que le fueren encomendadas por los órganos de
dirección y/o
la Presidencia.
1.2.3. SUB DIRECTORSUB-DIRECTOR
EJECUTIVO Y / O SUB DIRECTORA
EJECUTIVA:
Art. 13.-y/o Directora Ejecutiva, en caso de
ausencia temporal, durante el tiempo que dure la misma. Sin perjuicio de las
responsabilidades y atribuciones que le asigne la Comisión Ejecutiva, Presidente y/o
Presidenta y Director o Directora Ejecutiva
incluyendo su capacidad de encargar
la dirección de
conformidad
con
el
artículo 27
del Estatuto,
último inciso.
Misión.- Contribuir a la administración
de la gestión técnica y administrativa del Consorcio de Gobiernos Autónomos
Provinciales del Ecuador – CONGOPE.
Son funciones del Subd Director
Ejecutivo y/o Subd Directora Ejecutiva:
a) Subrogar al Director Ejecutivo y/o Directora
Ejecutiva, en caso de ausencia temporal
e inexistencia de otra designación expresa, durante el tiempo que
dure la misma,
sin perjuicio de sus atribuciones y funciones establecidas en el artículo 27
del Estatuto.
b) Cumplir las funciones, representaciones y responsabilidades asignadas por la o el Director
Ejecutivo, mediante resolución
administrativa
actuaciones administrativas.
c) Dirigir monitorear y supervisar la ejecución de los proyectos y convenios
suscritos con la Cooperación
Nacional e Internacional.
d) Coordinar los procesos administrativos y financieros con los directores de
las áreas competentes.
e) Presentar iniciativas de proyectos y programas que fortalezcan la gestión
técnica administrativa y financiera institucional.
f) Brindar asesoría a las autoridades dentro del área de sus competencias.
g) Las demás que prevean estos estatutos; los reglamentos y las demás que le
asignen la Aasamblea Ggeneral, Comisión Ejecutiva.,
Presidencia y Directora o Director Ejecutivo.
Capítulo
II
PROCESOS
AGREGADORES DE VALOR
Art. 14.-,
son responsables de generar el portafolio de productos y/o servicios que
responden a la misión, objetivos y responsabilidades del CONGOPE.
Se instrumentan a través de las siguientes Unidades Técnico- Operativas:
2.1. DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO TERRITORIAL:
Misión.- Fortalecer la capacidad técnica y de gestión de los GAD
Provinciales, a través de asesoría, capacitación y acompañamiento técnico
especializado a las direcciones de planificación de los gobiernos provinciales,
construyendo herramientas y metodologías, proponiendo insumos, promoviendo
espacios o proyectos, en temas relacionados con la planificación territorial e
institucional, a fin de impulsar estrategias y acciones para apoyar el
fortalecimiento de los Gobiernos Autónomos Provinciales en la gestión
descentralizada de planificación, que permita a las provincias constituirse
como actores claves en el desarrollo de sus territorios, para incidir en el
mejoramiento de la calidad de vida de sus poblaciones. Apoya además en la
gestión de planificación del CONGOPE.
RESPONSABLE: Director de Planificación y Desarrollo
Territorial
Son atribuciones y responsabilidades:
a) Asesorar a las autoridades de la institución en el ámbito de sus
competencias.
b) Brindar asistencia técnica y asesoría a los GAD Provinciales en la
construcción, ejecución y monitoreo de sus Planes de Desarrollo Territorial,
Ordenamiento Territorial y Planes de Desarrollo Institucional, en concordancia
con la planificación nacional, de acuerdo cona la normativa vigente.
c) Impulsar un proceso continuúo de fortalecimiento de las
capacidades y acompañamiento a los GAD Provinciales, brindando asesoría y
generando espacios de capacitación de las Direcciones de Planificación, desde
el ámbito de la planificación en temas relacionados a la gestión y competencias
de los GADP.
d) Brindar asesoría en el diseño, monitoreo, seguimiento y evaluación de Planes
de Desarrollo, Planes Estratégicos y Planes Operativo, desde un enfoque de
Gestión por Resultados.
e) Impulsar procesos para el fortalecimiento de capacidades y competencias de
los GADP en el marco de la planificación y los procesos vinculados con el
Desarrollo Territorial.
f) Elaboración, ejecución y seguimiento al Plan Operativo Anual (POA) de la
Dirección.
g) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
La Dirección de Planificación y Desarrollo Territorial, desarrollará sus
atribuciones y responsabilidades a través de los siguientes procesos:
a) Asistencia técnica
y asesoría técnica en planificación,
a los Gobiernos Provinciales
en materia de planificación y gestión de riesgos.
b) Promover espacios y/o mecanismos de articulación multinivel e instrumentos
para fortalecer el ejercicio de la planificación y desarrollo territorial;
c) Asesoraría
al CONGOPE enpara la construcción del Plan
Estratégico Institucional, del POA y su vinculación con el PAC, debiendo
coordinar con las áreas pertinentes, que permita un seguimiento y evaluación de
la gestión, orientado hacia una gestión por resultados.
d) Desarrollar propuestas, instrumentos y mecanismos de fortalecimiento de
capacidades en los GADP en materia de planificación y temas asociados a la
gestión de los planificadores
Productos y Servicios:
a) Brindar aAsistencia
técnica y asesoría en la formulación, actualización, ejecución, seguimiento y
evaluación de los Planes de Desarrollo y Ordenamiento Territorial y Planes de
Desarrollo Institucional de los GAD Provinciales, en el marco de la normativa
vigente.
b) ABrindar
asesoría al CONGOPE y a los GAD Provinciales para promover
espacios de coordinación interinstitucional entre los distintos actores y/o
mecanismos de articulación multinivel para fortalecer el ejercicio de la
planificación y desarrollo territorial.
c) MPromover
mecanismos y/
o desarrollar
instrumentos para eficientizar la gestión a fin de potenciar los
procesos estratégicos de desarrollo en los territorios, producidos a través de
la gestión de planificación.
d) FPromover
el fortalecimiento de capacidades de las direcciones de
planificación de los Gobiernos Provinciales a través de talleres, encuentros,
pasantías, capacitaciones, mesas de análisis, gestión de redes y la realización
de insumos técnicos como manuales, guías de apoyo, cajas de herramientas para el
fortalecimiento de la gestión de capacidades del territorio en el marco de la
planificación.
e) Asesorar en el diseño de sSistemas de información, cartografía,
mapas o instrumentos para el Ordenamiento Territorial.
f) Asesoría al CONGOPE en el ámbito del dDiseño, seguimiento y evaluación del
Plan Estratégico Institucional y POA
del CONGOPE,
brindando una orientación con enfoque desde la Gestión por Resultados.
g) MRealizar
el monitoreo y evaluación permanente de la gestión para resultados del CONGOPE, a través
de metodologías y mecanismos técnicos e innovadores.
2.2. DIRECCIÓN DE FOMENTO PRODUCTIVO:
Misión: Promover las condiciones territoriales y fortalecer las
capacidades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales,
necesarias para el ejercicio eficaz y eficiente de las competencias
relacionadas con Fomento Productivo.
Son atribuciones y responsabilidades:
a) Asesorar a las autoridades del CONGOPE y los GAD Provinciales, en el ámbito
de su especialidad.
b) Brindar asistencia y asesoría a los GAD Provinciales,
para potenciar las fortalezas productivas territoriales.
c) Brindar asistencia en procesos técnicos e institucionales, impulsados por
los GAD Provinciales
,
para potenciar las fortalezas productivas territoriales.
d) Impulsar las alianzas estratégicas inter-institucionales,
públicas y no públicas, para fortalecer el desempeño competencial en fomento
productivo a nivel territorial.
e) Generar insumos, propuestas, herramientas, modelos y estrategias de
fortalecimiento institucional, integral y
continuo de los GAD Provinciales,
para potenciar su desempeño competencial en fomento productivo a nivel
territorial.
f) Asesorar a los técnicos de Fomento Productivo a nivel territorial en la
formulación participativa de políticas públicas, planes y acuerdos multi-institucionales relacionados con el
tema de fomento productivo territorial.
g) Promover mecanismos innovadores de desempeño competencial en el campo del fomento
productivo, como el trabajo en red, la valorización de los activos
territoriales y la coordinación y articulación interinstitucional.
h) Elaborar el Plan Operativo Anual (POA).
i) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director/a de Fomento Productivo
La Dirección de Fomento Productivo Territorial, desarrollará sus atribuciones y
responsabilidades a través de los siguientes procesos:
a) Impulsar políticas, estrategias, instrumentos y proyectos para el fomento
productivo provincial.
b) Fortalecer las capacidades para el fomento productivo provincial.
c) Llevar a cabo la articulación e innovación institucional para el fomento
productivo provincial.
Productos y Servicios:
a) Informes de procesos de asistencia técnica a los GAD Provinciales, en
procesos de transferencia de la competencia de fomento productivo, diseño y
operativización de políticas públicas y acuerdos productivos territoriales.
b) Diseño, propuesta y construcción participativa de estrategias y mecanismos
para fortalecer la articulación interinstitucional entre niveles de gobierno,
en el campo del Fomento Productivo.
c) Diseño, propuesta y construcción participativa de estrategias y mecanismos
para fortalecer la articulación público-privada-comunitaria,
en el campo del fomento productivo a nivel territorial.
d) Diseño e implementación de mecanismos de fortalecimiento institucional
integral de los GAD Provinciales,
en el campo del fomento productivo territorial.
e) Diseño, implementación y difusión de mecanismos y estrategias innovadoras de
desempeño competencial de fomento productivo a nivel territorial.
2.3. DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL
Misión: Fortalecer la capacidad de gestión de las competencias
relacionadas con Ambiente, a
través de la implementación de herramientas generadoras de valor
que promuevan una gestión eficiente y participativa a nivel local,
contribuyendo a la construcción y desarrollo de las capacidades institucionales
de los Gobiernos Autónomos Provinciales para lograr una eficaz y eficiente
ejecución de los programas y proyectos
de gestión ambiental provincial.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Apoyar a los Gobiernos Autónomos Provinciales y sus entidades en l:
La gestión de formular políticas, planes y programas integrales en
el ámbito de la competencia de gestión ambiental que contribuyan al desarrollo
sustentable de los territorios provinciales.
b) Fortalecer las capacidades institucionales y técnicas y aportar para el
diseño de estrategias e instrumentos que faciliten la gestión de preservación
ambiental, monitoreo, seguimiento y evaluación,
así como del cumplimiento de la competencia a nivel territorial.
c) Generar, producir y establecer herramientas, metodologías, insumos, estudios
y otros instrumentos que fueren necesarios para el ejercicio de la competencia
de gestión ambiental; y,
d) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director/a de gestión ambiental.
La Dirección de gestión ambiental, desarrollará sus atribuciones y
responsabilidades a través de los siguientes procesos:
• Proyectos y productos sobre Ccalidad aAmbiental,
•
cCambio climático, / bBiodiversidad
/ fForestal
y cuencas
h
• CuencasHídricas,
entre otros de competencia de los Gobiernos Autónomos Provinciales
Productos y Servicios:
a) Plan operativo de la Unidad, elaborado y ejecutado en orden a los
requerimientos y necesidades de
la dirección de ambiente, articulado a fortalecer ade los Gobiernos Autónomos
Provinciales.
b) Informes de asistencia, asesoría y acompañamiento a los Gobiernos
Provinciales y sus entidades en temas de competencia.
c) Informes de gestión y resultados de evaluación del cumplimiento de planes,
programas y proyectos vinculados con la competencia de gestión ambiental.
d) Actas de reuniones, aAcuerdos y acciones conjuntas con
otras entidades y los asociados al Consorcio.
e) Informe de talleres, seminarios, encuentros y reuniones
sobre los resultados alcanzados.
f) Cajas de herramientas, metodologías, insumos e instrumentos necesarios para
la gestión ambiental provincial, utilizadas por los Gobiernos Autónomos
Provinciales y sus entidades.
g) Propuestas y aportes dentro de la competencia de la dirección.
2.4. DIRECCIÓN DE VIALIDAD, INFRAESTRUCTURA Y RIEGO Y DRENAJE
Misión: Apoyar el fortalecimiento institucional de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados Provinciales para lograr una efectiva ejecución de
las competencias de vialidad y riego y drenaje, y otras, adicionales o
residuales de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales, vinculadas
al desarrollo y buen vivir de los habitantes de los territorios provinciales.
Son sus atribuciones y responsabilidades:
a) Fortalecer las capacidades institucionales y técnicas, y, aportar para el
diseño de políticas, estrategias e instrumentos que faciliten la gestión de las
competencias de vialidad y riego y drenaje, así como otras de carácter
adicionales de los Gobiernos Autónomos Provinciales de conformidad con la
Constitución y la Ley.
b) Proveer la asistencia, asesoría, capacitación y fortalecimiento
institucional que fuere necesario para que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Provinciales y sus entidades ejecuten a cabalidad y de
conformidad con la Constitución y la Ley las competencias y funciones
relacionadas con la vialidad provincial, riego y drenaje,
c) Generar, producir y establecer herramientas, metodologías, insumos, estudios
y otros instrumentos que fueren necesarios a los GAD Provinciales para el
ejercicio de sus competencias y funciones.
d) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director de Vialidad, Iinfraestructura, Rriego y Ddrenaje.
La Dirección de Vialidad, Infraestructura, Rriego y dDrenaje,
desarrollará sus atribuciones y responsabilidades a través de los siguientes
procesos:
• Riego y drenaje[AAZE2]
Productos y Servicios:
a) Plan Operativo de la Unidad, elaborado y ejecutado en orden a los
requerimientos y necesidades de las unidades encargadas
de
la vialidad, y riego y/o
drenaje, de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Provinciales.
b) Informes de gestión, resultados y evaluación de la asistencia técnica,
asesoría, capacitación y fortalecimiento institucional a los GAD provinciales.
c) Actas de reuniones, acuerdos y acciones
conjuntas con otras entidades y asociados al Consorcio.
d) Cajas de herramientas, metodologías, instrumentos necesarios para la gestión
de las competencias y funciones de vialidad, riego y drenaje por de
los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales y sus
entidades.
e)
Informes de talleres, seminarios, encuentros, reuniones.[AAZE3]
f) Propuestas
y aportes dentro de la competencia de la Unidad.[AAZE4]
g) Las demás que le asignen las autoridades de la institución.
2.5. DIRECCIÓN DE COOPERACIÓN:
Misión: Es la Unidad técnica responsable de brindar asesoría, asistencia
técnica y acompañamiento especializada a los Gobiernos Provinciales del País y
del CONGOPE, para el ejercicio de la competencia de cooperación nacional e
internacional, y la internacionalización de los territorios.
Son sus atribuciones y responsabilidades:
a) Impulsar un proceso continuo de fortalecimiento de las capacidades de los
Gobiernos Autónomos Provinciales en materia de cooperación internacional, en
atención a demandas territoriales
y necesidades técnicas
y económicas.
b) Generar propuestas teórico-prácticas y socializar herramientas de gestión
sobre cooperación internacional como apoyo a las estrategias de gestión de los
Gobiernos Autónomos Provinciales y a la generación de su política pública de
cooperación internacional.
c) Identificar, difundir y promover la relación con fuentes de cooperación
técnica y financiera, provenientes del sistema de cCooperación iInternacional.
d) Representar, acompañar, asesorar y apoyar la participación de los Gobiernos
Autónomos Provinciales en las negociaciones con actores de la cooperación
nacional e internacional.
e) Proponer y promover estrategias y acciones en función del posicionamiento
del territorio en el contexto nacional e internacional.
f) Impulsar el intercambio de experiencias de gestión descentralizada de
cooperación internacional a nivel nacional e internacional.
g) Evaluar la actualización y difusión de herramientas de cooperación a ser
compartidas con los Gobiernos Autónomos Provinciales.
h) Gestionar y monitorear la Cooperación Internacional a nivel institucional en
coordinación con las respectivas unidades técnicas.
i) Planificación estratégica de la cooperación internacional a nivel
institucional y el acompañamiento a la planeación de la cooperación
internacional de los Gobiernos Provinciales.
j) Articulación interinstitucional con instancias nacionales relacionadas a la
temática de Cooperación Internacional.
k) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
Responsable: Director de Cooperación
La Dirección de Cooperación, desarrollará sus atribuciones y responsabilidades
a través de los siguientes procesos:
• Gestión del conocimiento
• Gestión de Cooperación internacional
Productos y Servicios:
a) Publicaciones especializadas en materia de cooperación internacional
descentralizada e internacionalización territorial.
b) Catálogo de oferta y demanda de cooperación internacional.
c) Administración del Sistema Integrado de Cooperación Internacional.
d) Planes de fortalecimiento de capacidades para los Gobiernos Provinciales en
materia de cooperación internacional e internacionalización territorial.
e) Generación de estadísticas a nivel internacional, nacional y local en
materia de cooperación internacional para la toma de decisiones y la planeación
estratégica;
f) Asesoría y asistencia técnica a nivel institucional y a los Gobiernos
Provinciales en materia de cooperación internacional e internacionalización
territorial.
g) Generación de espacios de intercambio de experiencias sobre cooperación
descentralizada a nivel nacional e internacional.
h) Metodología y herramientas especializadas para facilitar y mejorar el
ejercicio de la gestión Cooperación Internacional a nivel institucional y de
los Gobiernos Provinciales.
i) Plan estratégico y operativo de gestión de la Cooperación Internacional.
j) Asesorar, apoyar y acompañar al CONGOPE y a los Gobiernos Autónomos
Provinciales en la definición de prioridades, identificación de espacios de
negociación y suscripción de acuerdos.
k) Asesoramiento a los Gobiernos Provinciales y a Autoridades de CONGOPE en la
construcción de políticas de cooperación internacional;
l) Acompañamiento a los Gobiernos Provinciales y a las unidades técnicas de
CONGOPE en la construcción, negociación, ejecución y seguimiento de proyectos
de cooperación internacional;
m) Estrategia de Cooperación Internacional;
n) Asesoríaar
y apoyoar
al CONGOPE y a los Gobiernos Autónomos Provinciales en la presentación a
convocatorias, subvenciones, becas de estudios, y demás oportunidades que la
cooperación mantenga con el Ecuador.
2.6. DIRECCIÓN DE PROYECTOS, SEGUIMIENTO Y MONITOREO:
Misión.- Asesorar, capacitar y formular
proyectos ,
tanto para los Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador, como para y el Consorcio de Gobiernos
Provinciales del Ecuador; que sean de índole técnico y de interés público en
beneficio del desarrollo territorial de las provincias. Servir como base para
la articulación de nuevas medidas de manejo en función de la economía, eficacia y
eficiencia de las medidas preventivas, correctivas y de mitigación de riesgos
en las áreas de internas del CONGOPE [AAZE5] como de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados Provinciales
Son sus atribuciones y responsabilidades:
a) Identificar los requerimientos y demandas del Consorcio de Gobiernos
Provinciales del Ecuador y de los Gobiernos Provinciales,
para asesorar, capacitar y formular proyectos a escala o específicos, con
objetivos claros y alcanzables.
b) Asesorar a todo el personal técnico del Consorcio de Gobiernos Provinciales
del Ecuador y de los Gobiernos Provinciales de forma permanente en todos los proyectos durante su
formulación, ejecución, seguimiento y evaluación.
c) Determinar dentro del ámbito técnico la viabilidad de los proyectos, en
función de menor costo, alta calidad y generador de bienestar social.
d) Evaluar de forma económica y financiera los proyectos ejecutados por el
Consorcio de Gobiernos Provinciales del Ecuador.
e) Asesorar y Capacitar en la evaluación económica y financiera de los
proyectos ejecutados por los Gobiernos Provinciales del Ecuador.
f) Capacitar a los técnicos y líderes de proyecto del Consorcio de Gobiernos
Provinciales del Ecuador y de los Gobiernos Provinciales en habilidades,
herramientas y técnicas para la planificación, ejecución, seguimiento y
evaluación de proyectos
;
de forma periódica
a fin de que mantengan los conocimientos actualizados a la coyuntura.
g) Diseñar, operar, y actualizar una base de datos de los proyectos
planificados, ejecutados y evaluados;
del Consorcio de Gobiernos
Provinciales del Ecuador y de los Gobiernos Provinciales.
h) Realizar el seguimiento y monitoreo de los planes, para plantear las
acciones necesarias para realizar la verificación, vigilancia y evaluación de
las actividades formuladas en el Plan Estratégico, Plan Operativo Anual, Plan
anual de Contratación entre otras.
i) Brindar asesoría técnica especializada al CONGOPE y Gobiernos Provinciales
en temas de prevención de riesgos a la gestión.
j) Establecer mecanismos técnicos para institucionalizar [AAZE6] las Normas de Control Interno
k) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución
Responsable: Director de Proyectos, seguimiento y
monitoreo.
La Dirección de proyectos, seguimiento y monitoreo, desarrollará sus
atribuciones y responsabilidades a través de los siguientes procesos:
a) Diseño y Planeación de Proyectos.
b) Ejecución de Proyectos
c) Seguimiento y Evaluación de Proyectos.
d) Evaluación, seguimiento y monitoreo de gestión
de proyectos
Productos y Servicios:
a) ABrindar
asistencia técnica y asesoría en formulación, ejecución,
seguimiento y evaluación de proyectos,
a todos los departamentos que lo requieran tanto del Consorcio
de Gobierno Provinciales del Ecuador ycomo a
sus asociados
que lo requieran.
b) Brindar coordinación interinstitucional para formulación de proyectos de
interés territorial entre los Gobiernos
Provinciales del Ecuador e instituciones públicas y privadas nacionales e
internacionales.
c) Elaboración y diseño de material académico de con
interés técnico para fortalecimiento de capacidades de los
Gobiernos Provinciales del Ecuador.
d) Formular, ejecutar, y evaluar los proyectos que determine la Dirección
Ejecutiva del Consorcio de Gobiernos Provinciales.
e) Mantener la base de datos de proyectos actualizada,
para fines de investigación socia,
social, política y financiera.
f) Buscar
líneas de financiamiento para los proyectos de los Gobiernos Provinciales del
Ecuador.[AAZE7]
g) Ejercer monitoreo sobre el alcance de los indicadores, que evidencien el
cumplimiento de las normas[AAZE8] que rigen al sector Público y
especialmente a los GAD Provinciales y CONGOPE, como
son sus manuales, reglamentos, instructivos entre otros.
i) Verificar el cumplimiento y efectividad de las medidas tomadas en las áreas
Administrativas, financieras y técnicas.[AAZE9]
j) Realizar el seguimiento de impactos residuales e imprevistos, que se
produzcan en las diferentes etapas del proceso Administrativo, financiero y Técnico[AAZE10] , así como las afectaciones
desconocidas, accidentales e indirectas.
k) Evaluar el sistema de control interno cona base den las normas de Control Interno eEmitidas
por la Contraloría General del Estado.
l) Implementar el plan de seguimiento, que comprende una serie de acciones e
indicadores destinados a garantizar el cumplimiento de los alcances de los
objetivos previstos para todas las etapas de las diferentes actividades y
proyectos.
m) Elaboración de un reporte del avance de aplicación de los planes y finalizar
con la retroalimentación de los hallazgos encontrados para que el titular tome
las acciones correctivas necesarias.
n) Realizar el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones establecidas
en los informes de Aauditoríia interna y externa.
2.7. UNIDAD DE GESTIÓN SOCIAL, INTERCULTURALIDAD Y GENERO
Misión: Fortalecer la capacidad de gestión de las competencias
relacionado con la gestión social, interculturalidad y género, a través de la
implementación de herramientas generadoras de valor que promueven una gestión
eficiente y participativa a nivel local, contribuyendo a la construcción y
desarrollo de las capacidades institucionales de los Gobiernos Autónomos
Provinciales para lograr una eficaz y eficiente ejecución de los programas y
proyectos.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Fortalecer las capacidades institucionales y técnicas; y, aportar para el
diseño de estrategias e instrumentos que faciliten la gestión de los planes y
programas enfocados a la gestión social, desarrollo social o comunitario, así
como otras competencias adicionales de los Gobiernos Autónomos Provinciales de
conformidad con la ley
y principios de igualdad y no discriminación;
b) Proveer la asistencia, la asesoría, la capacitación y el fortalecimiento
institucional que fuere necesario para que los Gobiernos Autónomos Provinciales
y sus entidades ejecuten a cabalidad y de conformidad con la lLey
las funciones relacionadas con la promoción y construcción de equidad e
inclusión social, sistemas de protección
y promoción de derechos, participación ciudadana, cultura,
desarrollo social o comunitario y atención a los grupos de atención prioritaria
y personas en situaciones de exclusión y vulnerabilidad social de los
territorios provinciales;
c) Generar, producir y establecer herramientas, metodologías, insumos, estudios
y otros instrumentos vinculados
a la gestión social, interculturalidad y género que fueren
necesarios para los Gobiernos Autónomos
Provinciales para
en
el ejercicio de sus funciones
vinculadas a la gestión social, interculturalidad y género; y,
d) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Especialista de gestión Social, Interculturalidad y género
La Unidad de gestión social, intercultural y género, desarrollará sus
atribuciones y responsabilidades a través de los siguientes procesos:
• Interculturalidad y género (enfoques de igualdad)[AAZE11]
Productos y Servicios:
a) Plan operativo de la Unidad, elaborado y ejecutado en orden a los
requerimientos y necesidades de la dirección, articulado a fortalecer a los
Gobiernos Autónomos Provinciales.
b) Informes
de asistencia, asesoría y acompañamiento a los Gobiernos Provinciales y sus
entidades en temas de competencia de la dirección.[AAZE12]
c)
Informes de gestión y resultados de evaluación del cumplimiento de planes,
programas y proyectos vinculados a la dirección.[AAZE13]
d) Actas de reuniones, acuerdos y acciones conjuntas con otras entidades y los
asociados al Consorcio
e)
Informe de talleres, seminarios, encuentros y reuniones.[AAZE14]
f) Cajas o baterías de herramientas, metodologías, insumos e instrumentos
necesarios para la gestión social, interculturalidad y género, utilizadas por los Gobiernos
Autónomos Provinciales y sus entidades.
g) Diseño, propuesta y construcción participativa de estrategias y mecanismos
de articulación entre las instituciones públicas, privadas y entre los GAD
Provinciales en el tema de atención a los grupos vulnerables y personas en
situación de exclusión a nivel de los territorios.
h) Propuestas y aportes dentro de la competencia de la dirección
Capítulo
III
DE LOS
PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA Y APOYO
Art.
15.-
Se instrumentan a través de las siguientes Unidades Técnico-Operativas:
3. PROCESOS HABILITANTES
1.1. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA:
1.1.1. DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
Misión.- Es la dirección responsable de
proporcionar asesoría especializada, orientada a brindar seguridad jurídica a
las funciones, unidades, entidades y autoridades de los gobiernos autónomos
provinciales del Ecuador y del CONGOPE, ejercer el patrocinio constitucional,
judicial y extrajudicial de la Institución y administrar, coordinar y ejecutar
los procesos de contratación pública de la institución.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Proponer políticas institucionales en materia legal y jurídica.
b) Ejercer la representación judicial del Consorcio, conjuntamente con el señor
Presidente; y, a través de su Director, previo a la
suscripción correspondiente, sumillarrevisar los contratos, convenios y
actos que comprometan legalmente a la entidad.
c) Dirigir el asesoramiento en materia jurídica para la correcta aplicación e
interpretación de disposiciones legales y reglamentarias, en temas relacionados
con la misión, objetivos y responsabilidad institucional.
d) Controlar el cumplimiento de la legislación vigente, los Estatutos y
reglamentos del Consorcio, de los organismos de control, organismos nacionales
e internacionales, con los que se realizan operaciones y contratos.
e) Preparar proyectos de contratos o convenios y demás instrumentos
relacionados con las actividades del Consorcio; su formalización y seguimiento
del proceso de cumplimiento de requisitos legales para su validez o entrada en vigencia.
f) Preparar y
proponer proyectos,
reformas y observaciones ade leyes, reformas
legales, observaciones, propuestas, reglamentos, decisiones,
resoluciones y otros instrumentos jurídicos relativos a la actividad y gestión
del Consorcio, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de sus entidades.
g) Asesorar legalmente a los órganos de dirección y de ejecución, así como a
las autoridades, funcionarios y servidores del CONGOPE y de los gobiernos
autónomos provinciales.
h) Absolver las consultas legales y jurídicas.
i) Realizar estudios de la legislación relacionada con las competencias del
Consorcio y de sus asociados, a fin de proponer su expedición, cambio o
reforma.
j) Conocer y sustanciar los reclamos y recursos administrativos, presentados al
Consorcio;
k) Promover el fortalecimiento institucional, asesorar, capacitar y prestar
asistencia técnica a los ejecutivos, funcionarios y servidores de los gobiernos
autónomos provinciales y sus entidades en el ámbito legal, jurídico y de
aplicación normativa, generando las condiciones necesarias para el ejercicio de
sus funciones y competencias.
l) Absolver consultas de orden legal que le sean solicitados por las
autoridades, funcionarios y servidores de los gobiernos autónomos provinciales,
sus entidades y las distintas unidades orgánicas del Consorcio.
m) Defender y/o representar al Consorcio en la protección y tutela de sus
derechos y sobre todo el de sus asociados ante las instancias jurisdiccionales
del Poder Judicial, Corte Constitucional, Tribunales Arbítrales y Autoridades
Políticas, en el ámbito nacional, regional o provincial, en vía de acción y/o
defensa en las etapas prejudicial, judicial y de ejecución en los procesos.
n) Brindar soporte legal en contratos, convenios y en diversos temas
relacionados con la gestión de la Institución.
o) Dirigir, coordinar y aplicar los procedimientos de contratación pública,
conforme determina la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, su reglamento y resoluciones del SERCOP.
p) Observar y aplicar la normativa vigente para el proceso, conforme establece
la LOSNCP, su reglamento General de aplicación,
q) Observar y aplicar Resoluciones del SERCOP vigentes y demás normativa
conexa.
r) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director de Asesoría Jurídica
La Dirección de Asesoría Jurídica, desarrollará sus atribuciones y
responsabilidades a través de los siguientes procesos:
a) Asesoría legal
b) Convenios y contratos
c) Patrocinio
d) Ejecución de los procesos de Contratación Pública
e) Asistencia técnica a los GAD Provinciales en temas de su competencia.
f)
Políticas institucionales en materia legal y jurídica.
g)
Propuestas de reformas
h)
Modelos de ordenanzas, reformas y otros documentos.
Productos y Servicios:
a) Plan operativo de la Unidad, elaborado y ejecutado en orden a los
requerimientos y necesidades de las unidades de sindicatura o direccioneslegales o coordinación jurídicas
de los gobiernos autónomos provinciales y sus entidades.
b) Informes, memorias, manuales y boletines jurídicos.
c) Contratos y convenios en las diferentes modalidades de contratación.
d) Criterios y pronunciamientos legales.
e) Observaciones y propuestas sobre Proyectos de leyes, reglamentos, ordenanzas,
decretos, acuerdos, resoluciones, normas, contratos y convenios.
f) Demás instrumentos jurídicos
a. Consolidar y ejecutar el Plan Anual de Contrataciones de la institución de
acuerdo cona
la normativa nacional
b. Ejecutar los procesos de contratación y adquisiciones conforme determina la
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su reglamento y
resoluciones.
c. Manejo de
Información del CONGOPE en ell
Portal Institucional del SERCOP y del Módulo Facilitador de Contratación
Pública USHAY.
d. Revisar los documentos precontractuales, en coordinación con las diferentes
Direcciones y hacer las observaciones que correspondan para que los procesos
observen las disposiciones
establecidaos en la Ley Orgánica del Sistema de
Contratación Pública y su Reglamento.
e. Elaborar pliegos de las contrataciones (obras, bienes y servicios)
vinculadas a la Dirección.
f. Ejecutar y apoyar a la administración en los procesos de contratación e
informar al director departamental y comisión Técnica sobre el estado de los mismos.
g. Mantener una base de datos actualizada de los procesos de contratación en
digital.
h. Presentar informes trimestralmente de los procesos de contratación
realizados o ejecutados.
i. Elaboración de cronogramas, actas, recomendaciones, informes y demás
documentación precontractual.
j. Elaboración de Pliegos, resoluciones, informes, actas, cronogramas,
recomendaciones, órdenes de compra, cuadros comparativos y órdenes de pago
k. Solicitar en el mercado y portal de compras públicas ofertas de bienes,
materiales, insumos, repuestos, servicios, incluidos los de consultoría, en
función de la calidad, cantidad y precios requeridos, de
acuerdo a los procedimientos establecidos en la LOSNCP, su Reglamento y
demás disposiciones y directrices institucionales.
l. Participar en la formulación del plan anual de adquisiciones en coordinación
con las diferentes dependencias, a efectos de someterla a consideración del Director Ejecutivo para su aprobación.
m. Presentar proyectos de instructivos, manuales de procedimientos para
optimizar los trámites,
de adquisiciones y otros.
1.1.2. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN
Misión.- Facilitar el acceso a la
información a los distintos grupos de interés del CONGOPE a fin de informar
veraz y oportunamente sobre la gestión que cumple la entidad asociativa en
beneficio de los Gobiernos Provinciales, a través del desarrollo y ejecución de
estrategias comunicacionales que fortalezcan y posicionen la imagen institucional.
Atribuciones y responsabilidades:
a) La gestión de la imagen, la marca y la reputación corporativa como claves
estratégicas de la excelencia profesional.
b) La gestión de la comunicación como el sistema nervioso central
de la organización y La
gestión de la comunicación de la institución como el instrumento estratégico corporativo
en el ámbito interno y externo
para todas las unidades de la organización.
c) La integración del talento humano, los recursos institucionales y los
valores intangibles de la entidad en una acción común coherente con la
identidad y la cultura de la empresa.
d) La consolidación de la responsabilidad social como parte de la identidad
corporativa.
e) Desempeñar las demás funciones que le asignare la autoridad competente, las
leyes y los reglamentos
en el ámbito de la comunicación.
f) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director de Comunicación
La Dirección de Comunicación, desarrollará sus atribuciones y responsabilidades
a través de los siguientes procesos:
a) Comunicación Pública
b) Identidad e Imagen Corporativa
c) Asistencia técnica en comunicación
Productos y Servicios:
a) Planificar y generar estrategias de comunicación a todo nivel.
b) Generar productos comunicacionales enmarcados en la dinámica de los medios
de comunicación convencionales
de radio, prensa y televisión, así como medios de comunicación
digitales, a través de comunicados de prensa, publirreportajes, micro
informativos institucionales audiovisuales, boletines electrónicos, banners
digitales, anuncios promocionales, material promocional de mano: trípticos,
revistas, afiches, actualización web institucional.
c) Fortalecimientoer delas capacidades en la gestión de las
direcciones de comunicación de los gobiernos provinciales
d) Monitoreo, registro y difusión interna de noticias relacionadas con el
quehacer institucional.
e) Manejo de comunicación organizacional interna mediante el uso de canales
institucionales (correo institucional, cartelera, etc.)
f) Actualización periódica del banco de datos de medios de comunicación a nivel
nacional
g) Elaboración y publicación de la revista institucional.
h) Producción de material informativo audiovisual e impreso.
i) Manejo del contenido y diseño del portal Web y redes sociales oficiales.
j) Manejo de protocolo para la organización de ruedas de prensa y actos
públicos oficiales.
k) Planificación de agenda de medios para autoridades provinciales y voceros de
la entidad.
l) Mantener la línea gráfica de acuerdo con
eal
manual de imagen en cuanto al uso de piezas gráficas y comunicacionales.
m) Seguimiento de los procesos de comunicación.
3.2. PROCESOS HABILITANTES DE APOYO:
3.2.1. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA[AAZE15]
Misión: Administrar la
gestión Administrativa ylos
bienes y el Talento Humano del CONGOPE, aplicando procesos y
herramientas que dinamicen la gestión, que promuevan el desarrollo de destrezas
y habilidades del talento humano, generando espacios de empoderamiento integral
para alcanzar los objetivos institucionales, a través de la automatización de
procesos orientados a la excelencia en la gestión y brindar asistencia técnica
y asesoría a los Gobiernos Provinciales en los procesos vinculados a la
dirección.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Dirigir, planificar, coordinar, programar, ejecutar y controlar los procesos
de la gestión administrativa y talento humano de conformidad lo dispuesto en
las leyes, normas y reglamentos y directrices de la autoridad competente.
b) Asesorar a los niveles directivos de la Institución en los ámbitos de
competencia de la dirección.
c) Impulsar la gestión de control interno para los procesos competentes a la
dirección.
d) Desempeñar las atribuciones y responsabilidades asignadas por la Ley Orgánica
del Servicio Público y su reglamento como entidad rectora del talento humano.
e) Proponer políticas institucionales para la gestión administrativa,
financiera y talento humano del CONGOPE.
f) Brindar asistencia y asesoramiento técnico en materia de su especialización
a los GAD Provinciales y sus entidades.
g) Coordinar procesos de capacitación en temas relacionados con la dirección
para los GAD provinciales y sus entidades.
h) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen las autoridades de
la institución.
RESPONSABLE: Director /a Administrativo
La Dirección Administrativa, desarrollará sus atribuciones y responsabilidades,
a través de los siguientes procesos:
a) Gestión de Bienes
b) Gestión del Talento Humano
c)
Gestión por procesos[AAZE16]
Productos y servicios:
a. Informes de administración de los bienes, servicios, equipo y maquinaría
institucional.
b. Plan Operativo Anual y Plan Anual de Compras Públicas del departamento.
c. Plan de mantenimiento de las instalaciones, plan de contingencia y
seguridad.
d. Presentar a las autoridades de la institución proyectos de estatutos,
reglamentos, manuales e instructivos de gestión organizacional y proyectos de
reglamentos para viabilizar los
procesos de talento humano de conformidad con las normas que rigen el servicio
público. la
administración de los procesos de su responsabilidad.
e. Proponer
políticas y procedimientos de aplicación de los subsistemas de administración
del talento humano: Planificación del Talento Humano, Reclutamiento y Selección
de Personal, Descripción, Clasificación y Valoración de puestos, Capacitación y
Formación y Evaluación del Desempeño y generar los respectivos informes.[AAZE17]
f. Plan de capacitación para el CONGOPE,
y los GAD Provinciales y su respectiva
ejecución
g. Informes de administración de la gestión del talento humano (expedientes,
vacaciones, permisos, movimientos de personal, información estadística, los demás que exija la leyotros).
h. Dictámenes para la contratación de servidores en las diferentes modalidades
de contratación.
i. Estructurar la red de gestores del Talento Humano y Administradores en los
GAD Provinciales, para el fortalecimiento de capacidades e intercambio de
experiencias y aprendizajes.
j. Informes de asistencia para implementar modelos de desarrollo organizacional
para los GAD Provinciales.
k. Informes de asistencia técnica y asesoría a los GAD Provinciales y sus
entidades en las áreas de su competencia.
3.2.2. DIRECCIÓN FINANCIERA
Misión: Administrar los recursos del CONGOPE, de manera eficiente,
eficaz y trasparente, satisfaciendo las necesidades institucionales y de los
asociados a través de asistencia técnica y capacitación en temas financieros a
los GAD Provinciales.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Dirigir, planificar, coordinar, programar, ejecutar y controlar los procesos
de la gestión financiera, de conformidad con las políticas emanadas por la
autoridad, acorde con lo dispuesto en las leyes, normas y reglamentos
pertinentes.
b) Ejecutar el presupuesto del CONGOPE, conforme a los programas y proyectos
institucionales.
c) Elaborar el ante proyecto del presupuesto para el año fiscal en orden al
plan operativo y presentar a las autoridades respectivas.
d) Preparar reformas presupuestarias para el año fiscal según lo señalado en
los estatutos del CONGOPE.
e) Administrar y ejecutar los procedimientos y normas de seguridad para uso de
Sistema de Pagos Interbancarios y el Sistema Integrado de Contabilidad
Gubernamental (SIGEF);
f) Administrar y ejecutar procesos institucionales ante el Servicio de Rentas
Internas SRI y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS.
g) Ejecutar e informar de los recursos financieros que mediante convenio con
organismos nacionales e internacionales ingresen al CONGOPE.
h) Administrar los fondos recibidos entregados apor
la institución por
partede
conformidad con la ley y la cooperación de Organismos Cooperantesnacional e internacional.
i) Brindar capacitación en temas relacionados con las finanzas públicas a los
GAD Provinciales y el sistema SFGPROV, a los GAD Provinciales y sus entidades
adscritas.
j) Las demás que le asignen las autoridades de la institución.
RESPONSABLE: Director Financiero
La Dirección Financiera, desarrollará sus atribuciones y responsabilidades, a
través de los siguientes procesos:
a) Presupuesto
b) Contabilidad
c) Tesorería
Productos y servicios
a. Cumplir con la ejecución contable del presupuesto conforme a las normas
legales y a la técnica contable
b. Informes periódicos de la elaboración y ejecución anual de las fases del
presupuesto desde la formulación de la Proforma Presupuestaria que está
compuesta del informe de ingresos, informe de articulación del POA, estructura
programática; hasta el control, evaluación y liquidación presupuestaria de
acuerdo cona
lo que determina la normativa legal vigente.
c. Informes de las reformas presupuestarias anuales, certificaciones y
compromisos presupuestarios emitidos a través del sistema.
d. Informe del distributivo de sueldos.
e. Informe del proceso de ejecución del presupuesto financiado con recursos de
la Cooperación Internacional.
f. Informe de registros contables, elaborados según los movimientos financieros
que se generan diariamente en la institución.
g. Generación de informes y estados financieros según la información contable y
presupuestaria registrada.
h. Informe del análisis de los saldos de las cuentas contables, análisis de los
estados financieros, reportes de conciliación de bienes fungibles, conciliación
de activos fjos y bienes sujetos a control.
i. Informe de la ejecución del control previo y concurrente
y.
Informe de la elaboración de conciliaciones bancarias.
j. Reporte de Información Financiera cuadrada y enviada periódicamente al MEF.
k. Reporte de la depreciación de los activos fijos de la institución.
l. Reporte de conciliación de los bienes sujetos a control.
m. Informe de registro y devengamiento de las pólizas de seguros de los bienes
del CONGOPE.
n. Informe de análisis de información contable y presupuestaria.
o. Informes de declaración de impuestos mensuales y anuales y sus reportes de
anexos transaccionales.
p. Informes de ejecución de Control Previo a Pagos, que consiste en la
validación y verificación de la información de sustento de los procesos.
q. Liquidación de viáticos nacionales e internacionales.
r. Reporte de generación de pagos (SPI) y reporte de pagos efectuados (OPI)
s. Reporte de Nómina, que estructura de acuerdo a los
programas definidos los ingresos, beneficios y descuentos de los servidores.
t. Informe de anticipos otorgados a los servidores del CONGOPE.
u. Informe de control de tickets aéreos y reportes
para canje de gratuidades.
v. Informes de avisos de novedades y generación de planillas para el pago de
obligaciones en el IESS
3.2.3. DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN – TICs
Misión: Dirigir, coordinar y ejecutar los procesos informáticos y
sistemas de tecnologías
de información y comunicación del CONGOPE y los GADs Provinciales, brindando apoyo permanente en la
automatización y soporte de los productos y servicios tecnológicos
de información y comunicación, procurando generar una cultura
informática que propenda, la masificación y la difusión de las TIC en los GADs Provinciales.
Atribuciones y responsabilidades:
a) Apoyar en la aplicación de los sistemas de gobierno y democracia digital,
aprovechando las tecnologías disponibles de los GAD Provinciales.
b) Apoyar en el uso masivo de las Nuevas Tecnologías de la Información y
Comunicación (NTIC) de los GAD Provinciales.
c) Asegurar progresivamente a la comunidad la prestación de servicios
electrónicos acordes con el desarrollo de las tecnologías en los GAD
Provinciales.
d) Apoyar procesos de tecnología de información que aseguren la transparencia y
el control.
e) Efectuar las actividades de asesoría y apoyo a la alta dirección, que le
permita propiciar el involucramiento de los ejecutivos en el desarrollo de las
NTIC.
f) Asesorar y apoyar en la conformación de unidades de tecnología en los GAD
Provinciales, que se encarguen de regular y estandarizar los temas tecnológicos
a nivel institucional.
g) Participar en la toma de decisiones de la organización y generar cambios de
mejora tecnológica.
h) Apoyar el establecimiento de mecanismos, metodologías y procedimientos
aplicables a la generación, administración, validación y oficialización de
información para la gestión institucional y territorial, así como sus
estándares de calidad y pertinencia.
i) Gestionar la integridad, protección y control de los registros y bases de
datos a su cargo, además responder por la custodia y la debida conservación de
los registros.
j) Cumplir y hacer cumplir con la normativa eEcuatoriana en cuanto al uso de la
NTIC.
k) Impulsar, coordinar e implementar metodologías para el proceso de Gobierno
por Resultados para el CONGOPE y los GAD Provinciales.
l) Las demás atribuciones y responsabilidades que le asignen los órganos y
autoridades del nivel gobernante, así como el Director
Ejecutivo.
La Dirección Tecnologías de la Información y Comunicación - TICs,
desarrollará sus atribuciones y responsabilidades, a través de los siguientes
procesos:
• Gobierno por Resultados
• Asesoría y asistencia tecnológica
• Soporte y mantenimiento informático
Responsable: Director de Tecnologías de la información
y comunicación - TICs
Productos y Servicios:
a) Plan estratégico informático, en orden a los requerimientos y necesidades de
las unidades de tecnología
de los GAD, el cual debe contener: plan operativo, plan de
contingencia informática, plan anual de renovación de computadores, políticas
de respaldo de información.
b) Informes de: asesoría y asistencia técnica informática para los Gobiernos
Provinciales, representaciones del CONGOPE en materia de tecnología, procesos
de gestión de información en los GAD Provinciales en relación con a
las Infraestructuras de Datos Espaciales Provinciales, IDEP y
Sistemas de Información Provincial, cooperación.
c) Sistema Integrado de Gobierno por Resultados: conceptos, metodologías,
herramientas informáticas y manuales.
d) Informes de implementación del proceso de Gobierno por Resultados.
e) Inventario de sistemas de información, utilitarios y equipos informáticos.
f) Especificaciones técnicas mínimas de servicios o proyectos de
telecomunicaciones, adquisición de equipos
y sistemas tecnológicos.
g) Informes de respaldos de información
y,
base de datos.
DISPOSICIONES
GENERALES
Primera.-,
planes operativos para determinar el portafolio de productos y servicios
institucionales.
Segunda.-en los procesos, productos y servicios
establecidos en la presente estructura orgánica funcional y por procesos, así
como la normatividad vigente y procedimientos internos, planes, programas y
proyectos que para el efecto establezca el Proceso Gobernante.
Tercera.-
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera.-
Segunda.-
Tercera.-
Cuarta.-
Quinta.-
Sexta.- En un plazo de 60 días a partir de la publicación
de la presente
estructura en el Registro Oficial, la Dirección de Asesoría Jurídica deberá
elaborar un informe jurídico
sobre su cumplimiento.
DISPOSICIÓN
FINAL
Quedan sin efecto todas las
disposiciones que se opongan a la presente Estructura, el mismo que entra en vigencia a partir de la fecha de aprobación de la
Comisión Ejecutiva o Presidencia del Consorcio de Gobiernos Autónomos
Provinciales del Ecuador, CONGOPE, conforme delegación, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Quito, Distrito Metropolitano, febrero 24 de 2016.
FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA FUNCIONAL Y POR
PROCESOS, DEL CONSORCIO DE GOBIERNOS AUTONÓMOS PROVINCIALES DEL ECUADOR /
CONGOPE
1.- Resolución s/n (Edición Especial
del Registro Oficial 584, 3-VI-2016).
[AAZE1]Agregar en un cuadro con flujos
[AAZE2]Esto no parece se un proceso
[AAZE3]Evitar estas generalidades. Aplican a cualquier unidad y no aporta.
[AAZE4]Ibídem
[AAZE5]Revisar si se refleja en la práctica
[AAZE6]Compatible con competencias de la Dirección ed Asesoría Jurídica
[AAZE7]Compatible con la Dirección de Cooperación
[AAZE8]Actividad compatible con la DAJ
[AAZE9]Compatibilidad con planificación
[AAZE10]Compatible con algunas áreas
[AAZE11]revisar
[AAZE12]Generalidad
[AAZE13]Ibid
[AAZE14]Ibid
[AAZE15]La UATH del CONGOPE debe especializarse únicamente en tales temas. No se ha podido cumplir con las normas que rigen el tthh por falta de personal y acumulación de actividades no relacionadas
[AAZE16]Compatible con Jurídico, Proyectos, Planificación, comunicación
[AAZE17]No se ha podido cumplir y es esencial para la gestión institucional y el cumplimiento de derechos y obligaciones de los servidores